«Primero
los de casa»: el choque con la ley
En abril de 2026, Vox ha presentado en
el Congreso de los Diputados una moción para reservar todas las ayudas
sociales, la vivienda pública y las pensiones no contributivas «exclusivamente
para los ciudadanos españoles». La idea sonaba familiar: la llevan repitiendo
desde hace años bajo el nombre de prioridad nacional, y la han incluido en
pactos de gobierno con el PP en Extremadura y Aragón. Pero cuando se puso a
votación, el PP la rechazó. ¿Por qué un socio de gobierno vota en contra de su
propio aliado? La respuesta es sencilla: porque la medida es ilegal. Y
eso lo saben todos, ellos tambien.
El argumento de la prioridad nacional
se presenta siempre igual: «Primero los de casa, es lógico». Y a primera vista
suena razonable. El problema es que el sentido común cambia según quién lo
define y con qué información cuenta. Pensemos en un caso concreto: una persona
de origen extranjero que lleva diez años en España trabaja, paga impuestos,
cotiza a la Seguridad Social y tiene hijos escolarizados aquí. ¿Tiene menos
derecho a una ayuda de emergencia que alguien con pasaporte español que nunca
ha cotizado un solo día? La respuesta que da el ordenamiento jurídico —y la
lógica de cualquier sistema de bienestar— es clara: las ayudas existen para
atender la necesidad, no el origen.
La Constitución de 1978 establece en
su artículo 14 que nadie puede ser discriminado por razón de nacimiento, origen
o cualquier otra condición personal o social. El Tribunal Constitucional ha
extendido en numerosas sentencias este principio a los extranjeros residentes
legales. A eso hay que añadir el derecho europeo: el Tratado de Funcionamiento
de la UE y directivas como la 2000/43/CE prohíben explícitamente la
discriminación por nacionalidad en el acceso a prestaciones sociales para
cualquier ciudadano comunitario. Y para quienes vienen de fuera de la UE,
España ha firmado tratados internacionales —como la Convención sobre los
Derechos de los Trabajadores Migratorios— que obligan a garantizar condiciones
dignas sin discriminar por origen.
Algunos juristas advierten que incluso
los criterios aparentemente neutros, como exigir diez años de empadronamiento
para acceder a una ayuda, pueden constituir discriminación indirecta: en la
práctica, excluyen de facto a los extranjeros, aunque el texto de la ley no los
mencione. Y hay otro efecto colateral que se olvida: esos mismos requisitos
podrían perjudicar a ciudadanos españoles que se mudaron a trabajar a otra
comunidad autónoma y no cumplen el tiempo de residencia exigido.
Hay algo que conviene decir alto y
claro: si las listas de espera para una vivienda pública son interminables, si
las ayudas sociales no llegan a quien las necesita, si el sistema falla, el
problema no son los inmigrantes. El problema es que hay insuficiente vivienda
pública, que los recursos son escasos y que la gestión es muchas veces
deficiente. Recortar derechos a unos para que los que quedan parezcan más
valiosos no soluciona nada. Simplemente desplaza el problema: quienes quedan
excluidos de las redes de apoyo no desaparecen; pueden terminar en la
marginalidad o en la economía informal, generando costes mayores a largo plazo
en seguridad, sanidad y servicios sociales.
El debate sobre la «prioridad
nacional» no busca solucionar la escasez de recursos. Busca dirigir la
frustración legítima de mucha gente hacia una dirección que no amenaza a
quienes tienen el poder de cambiar las cosas.
Cuando alguien te diga que una medida
«es de sentido común», hazte siempre dos preguntas: ¿de quién es ese sentido
común, y a quién le conviene? Un sistema de ayudas justo no mira el pasaporte;
mira la necesidad y la contribución. Quien trabaja, cotiza y sostiene con sus
impuestos el Estado del bienestar tiene derecho a que ese Estado lo ampare
cuando lo necesita. Eso también es sentido común. Y además es la ley.

No hay comentarios:
Publicar un comentario